CIR. 44-20 MEDIDAS EXTRAORDINARIAS ESTADO DE ALARMA

Estimad@ compañer@:

En relación con la Orden Ministerial, anunciada ayer por el Presidente del Gobierno, por la que se tiene previsto declarar determinadas actividades como esenciales, adjuntamos información de las gestiones que estamos realizando para que se pueden delimitar la mismas en la profesión de la Administración de Fincas.

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