¿Qué necesitas saber?

  • ¿Si deseo formular una reclamación acerca de la gestión del Administrador de mi comunidad puedo dirigirme al Colegio para resolver el problema?

    Cuando surgen diferencias entre un Administrador de Fincas Colegiado y la Comunidad, el Colegio otorga su amparo no sólo al mismo sino a los administrados, que podrán elevar su queja y conseguir una eficaz solución a través del amparo y mediación del Colegio.

    Los clientes de nuestros profesionales colegiados disponen de un servicio de atención que tramitará las quejas y reclamaciones referidas a la actividad colegial o profesional de nuestros colegiados que se presenten, dentro de las competencias del Colegio.

    El Colegio resolverá sobre la queja o reclamación según proceda: bien informando sobre el sistema extrajudicial de resolución de conflictos, bien remitiendo el expediente a los órganos colegiales competentes para instruir los oportunos expedientes informativos o disciplinarios, bien archivando o bien adoptando cualquier otra decisión conforme a derecho.

  • ¿Cuál es el trámite pertinente para interponer una queja?

    Cuando el consumidor o usuario tenga que interponer una queja o reclamación deberá de tener en cuenta lo siguiente para el trámite de reclamaciones:

    1º. Podrá presentarse escrito relatando los hechos objeto de reclamación, y acompañando copia de la documentación que sirva de base a dicha reclamación.

    2º. Para que pueda darse curso a la reclamación, deberá constar en la misma, los datos, tanto del reclamante (nombre, apellidos y dirección a efectos de notificaciones) como del reclamado (Administrador de Fincas colegiado), informándose previamente de nombre y apellidos, así como de su condición de colegiado en esta Corporación. Sin los datos precisos no se procederá a tramitación alguna, archivándose la misma.

    3º. Descripción clara de los hechos objeto de la reclamación. La descripción es conveniente que sea clara, breve y concisa, haciendo referencia a hechos únicamente relacionados con la reclamación al Colegiado/Colegio y a la documentación aportada como base a la reclamación.

    En el apartado ventanilla única, dispone si lo desea, de un formulario para presentación de reclamaciones.

    En la Web, dispone de un apartado de búsqueda de colegiados que le permite cerciorarse acerca de si el Administrador de su comunidad está Colegiado en esta Corporación. Asimismo puede llamar por teléfono al colegio y efectuar dicha consulta.

  • ¿Si mi Administrador no está colegiado, se me atiende la reclamación?

    A las quejas/reclamaciones presentadas contra no colegiados se les da el trámite correspondiente, informando a los interesados sobre la situación de no colegiación de los mismos y de la imposibilidad de atender la reclamación.

    Dado que no revisten la condición de Colegiados, no dispone como consecuencia, del amparo, garantías y asistencia que esta Corporación presta a sus miembros y a los administrados de estos, ante cualquier circunstancia anómala en el proceder de sus Administradores, en ejercicio de sus funciones como profesionales, al servicio de las Comunidades de Propietarios.

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Revista Urbis

Número 90

3º Trimestre 2017